Peleando con fantasmas

Ene 19, 2022 | ◉ Puntos de Vista

Sin sorpresa de nuestra parte, el Ejecutivo de Pedro Castillo observó la nueva ley que aprobó el Congreso que desarrolla los requisitos – a nuestro parecer de manera redundante, como lo dijimos en este post – para convocar a referéndum reformas constitucionales. Por tal motivo, el Congreso estaría por aprobar por insistencia dicha norma en los próximos días (ayer mismo se le dio luz verde en la Comisión de Constitución).

Pero, ¿es cierto que dicha ley atenta contra el referéndum? Según algunos diarios, esto impediría que los sectores que buscaban convocar a una Asamblea Constituyente a través de la recolección de firmas – y amparándose en el artículo 32 de la Constitución – puedan lograr su objetivo por esa vía.

Desde este espacio, ya hemos comentado que ésta sería una verdad a medias. Es bastante difícil encontrar una opinión completa sobre el tema, sin los sesgos lógicos de sectores que están a favor o en contra del gobierno castillista. En este espacio trataremos de buscar un “Punto Medio” al respecto.

El artículo 32 de la Constitución dice que se puede someter a referéndum la reforma total o parcial de la Constitución. Luego, en el artículo 206 nos dicen cuáles son los procedimientos o mecanismos para realizar dichas reformas (dos votaciones calificadas en el Congreso, o una votación mayoritaria seguida de referéndum). ¿Se puede tomar un artículo e ignorar intencionalmente el otro? No se puede, no solo se lee la partecita que me gusta. ¿Entonces? Efectivamente, se puede reformar total o parcialmente la Constitución (tal cual indica el artículo 32), y para esto se debe de seguir la ruta que indica el 206. Nada más.

¿En qué parte de la Constitución dice que uno puede plantear una iniciativa de reforma constitucional a través de la recolección de firmas? ¿En qué momento nos inventamos que podemos convocar a una Asamblea con firmas y referéndum, obviando al Congreso? Una cocina Surge para el que nos explique esto.

La ley que estaría por sacar el Congreso, no hace más que redundar lo que dice la Constitución: “Ok. Puedes ir a referéndum. Pero – ojo – se sigue el procedimiento del artículo 206 que dice que toda reforma pasa por el Congreso”. Simple.

¿Es necesaria esa ley? El JNE comparte nuestra opinión, e indica que es redundante.

¿Entonces por qué la saca el Congreso? Por lo que se puede ver, lo harían para curarse del susto. Es que, efectivamente, muchas veces nuestros políticos sacan su interpretación de “expertos truquini” y se ponen a buscarle la hipotenusa al círculo inventándose leguleyadas para sacarle la vuelta a las normas según su antojo. Por ejemplo, ya nos pasó que Fujimori se lanzó a una re-reelección presidencial inconstitucional, argumentando que su primer período no se contaba porque juramentó bajo la Constitución que él mismo violó y erradicó.

¿Esto significa que la Constitución del 93 no necesita reformas? ¿O que aplaudimos esta iniciativa de la oposición? No, para nada. Ya hemos explicado con claridad que la Constitución está mal diseñada y que necesita varios ajustes (ver aquí ). Pero eso no nos ciega frente a cómo deben realizarse dichos cambios.

Algunos andan diciendo que se está recortando el poder constituyente, que emana del pueblo, con esa norma. Nosotros no compartimos esa opinión, no se recorta lo que se está manteniendo intacto.

En todo caso, sería interesante que más bien, los políticos que quieren realizar una Asamblea Constituyente cambien el artículo 206 y pongan ahí una nueva forma de hacer reformas (ahí podrían introducir su Asamblea, y todos sus deseos). Una vez aprobado eso, recién tendrían un camino trazado para andar.

Mientras tanto, sería bueno que los políticos que promueven esta discusión gaseosa entre redundantes e inventores de mecanismos imaginarios se den cuenta de que el peruano de a pie tiene muchas necesidades y que ésta no es una prioridad ni un objetivo relevante para la mayoría (ni para minorías representativas según encuestas y resultados electorales concretos).

Dejémonos de pelear con fantasmas.

 

Imagen:
Fantasmas tomados de: <a href='https://www.freepik.com/vectors/halloween'>Halloween vector created by pikisuperstar - www.freepik.com</a>
Patricia Juárez, tomada de: https://diariocorreo.pe/politica/elecciones-2021-exteniente-alcadesa-de-lima-patricia-juarez-se-inscribio-en-fuerza-popular-nndc-noticia/
Pedro Castillo: Campaña de Perú Libre.
Dibujos: Faceinhole

 

Autor

  • Ricardo Gálvez del Bosque es magíster en Ciencia Política y Relaciones Internacionales por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y bachiller en Administración por la Universidad de Lima. Es docente universitario y director ejecutivo de Vigilancia Ciudadana. Cuenta con experiencia profesional en empresas líderes de los sectores financiero, asegurador y de consumo masivo, donde desempeñó funciones en estrategia, marketing y planeamiento. Actualmente combina la docencia, la investigación y el análisis político, con especial énfasis en democracia, representación política, financiamiento de organizaciones políticas y fortalecimiento institucional.

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