Por Gabriel Moreno Alcántara
¡Y finalmente Dina lo consiguió! Viajará por primera vez al extranjero en la condición de presidenta de la república. Y si bien bajo circunstancias normales esta sería una noticia normal o incluso positiva, el contexto actual no es del todo feliz. Hace un mes y medio el Congreso aprobó una ley de interpretación constitucional para llenar un vacío en la carta magna sobre cómo proceder si un presidente debe ausentarse del territorio nacional y no hay vicepresidentes para quedarse a cargo. No obstante, ¿debería siempre estar recurriéndose a este mecanismo en vez de modificar directamente la Constitución para aclarar vacíos?
En este caso, la presidenta Boluarte ha podido lograr el apoyo congresal para poder ejercer el mandato remoto o electrónico de la presidencia. En otras palabras, que ella podrá dirigir el despacho presidencial a distancia sin que esto sea un ilícito. Esta figura será utilizada por primera vez esta semana cuando Dina Boluarte se encuentre en la ciudad de Belém do Pará en la región noreste de Brasil. La cita será en la cuarta reunión de presidentes de los estados parte del Tratado de Cooperación Amazónica donde se firmarán las bases para la gobernanza socio-ambiental de la Amazonía, en el marco de la promoción del desarrollo sostenible de dicha región. Los países firmantes de dicho tratado son: Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela.
Una vez más insisto que tras toda esta explicación, podría uno concluir que la presencia de la presidenta es estratégica de cara a darle la importancia que el Perú tiene para la preservación de la selva amazónica, pero no sólo basta el fin sino también los medios. Y es que el Ejecutivo de la mano de las bancadas aliadas al gobierno actual optó por aprobar con poco más de 70 votos el mandato electrónico de la presidenta Boluarte porque lógicamente no contaban con los 87 votos mínimos para dejar esta reforma establecida en la Constitución peruana, como debería haberse dado. Y es que si nos basamos en la Pirámide de Kelsen, una ley ordinaria u orgánica no debería jamás contradecir o presentar tantas interpretaciones particulares a artículos que la carta magna no ha desarrollado. Y es por este vacío constitucional que los expresidentes Paniagua, Vizcarra y Sagasti jamás intentaron viajar al extranjero mientras dirigieron al país al saber que no contaban o ya no contaban en ese momento con un(a) vicepresidente que asuma el despacho temporal de la presidencia.
Y aunque un grupo de abogados constitucionalistas señales que el viaje de Boluarte sería legal puesto que hay una ley vigente que se presume constitucional al día de hoy y que existe la resolución legislativa que otorga el permiso a la presidenta para este viaje a Brasil, para muchas otras personas resulta siendo un abuso o forzamiento de interpretaciones a la Constitución actual. Grupos opositores dentro del Congreso ya vienen moviéndose para poder presentar una acción de inconstitucionalidad de la ley de gobierno remoto ante el TC. Asimismo, no se descarta que pueda presentarse una moción de vacancia presidencial ni bien Dina Boluarte cruce la frontera peruana basándose en este abuso constitucional. Veremos cómo avanzan estos recursos, pero hoy por hoy queda una vez más evidenciado cuán empoderada y segura se encuentra Boluarte en la presidencia con el apoyo de las bancadas de derecha y centro-derecha.
Imagen: EL COMERCIO / ZUMA PRESS. Tomada de https://www.europapress.es/internacional/noticia-dina-boluarte-jura-cargo-nueva-presidenta-peru-primera-historia-pais-20221207222046.html