Preguntas y respuestas sobre la Asamblea Constituyente

Abr 28, 2022 | ◉ Puntos de Vista

Por Ricardo Gálvez del Bosque

Desde que Pedro Castillo lanzó una cortina de humo al anunciar una propuesta para tener una Asamblea Constituyente (AC) que redacte una nueva Constitución, muchas personas que no necesariamente le hacen seguimiento constante a la política han tenido algunas dudas al respecto. En este breve espacio trataremos de resolver algunas.

¿La Constitución se puede reformar?

Sí. Tiene mecanismos de reforma, y estos están detallados de manera clara en el artículo 206: se puede(n) reformar artículo(s) a través de dos votaciones calificadas en el Congreso (87 votos) en dos legislaturas, o con una votación con mayoría (66 votos) y un referéndum.

¿Son las únicas dos formas que existen para cambiar una Constitución?

Sí. Actualmente no hay otra.

¿Y el proyecto de Pedro Castillo?

Es un engaño, un manotazo de ahogado, tiene plagios, está mal redactado, obvia pasos, y no tiene los votos para ser aprobado. Un desastre.

¿Entonces no hay peligro de que la imponga?

Bueno, en este país siempre hay peligro. Si ustedes nos hubieran dicho hace unos años que un Presidente podría encerrar a más de 10 millones de personas por un día sin ningún sustento, y que no habría ningún responsable político tras ese acto inconstitucional, diríamos que no sería posible. Pero pasó, y nadie se hizo responsable. Lo que podemos decir es que legalmente y constitucionalmente no se puede hacer lo que propone Castillo.

¿Cómo se podría convocar a una AC, de manera constitucional?

Con 7 pasos largos que se tendrían que cumplir a cabalidad:

  • El Congreso debería reformar el artículo 206 agregando una nueva forma de modificar la Constitución: la AC. Para reformar ese artículo, ya explicamos en la primera pregunta de este post cómo se tendría que hacer. Ese proceso demoraría. Normalmente, duraría 1 año (2 legislaturas), o 1 legislatura + 90 días de referéndum.
  • Imaginando que la reforma del 206 ya se concretó, dicho artículo debería tener un mecanismo para activarlo. Es decir, ya va a decir que se puede convocar a una Asamblea Constituyente, pero tenemos que definir cuándo y cómo. ¿Quién y cómo la convoca? ¿El Presidente porque tiene ganas de hacerlo? ¿La ciudadanía tras una consulta porque el Presidente sintió ganas de proponerlo? ¿El Congreso? ¿Los 3? ¿Solo 2? En todo caso, tendría que haber una consulta a la ciudadanía. Vamos por el segundo año.
  • Imaginemos que ya decidimos (sea cual sea la fórmula) que nos vamos a una AC. Hay que convocar a elecciones para elegir a los asambleístas (90 días como mínimo).
  • Entre las Elecciones y la proclamación de ganadores hecha por el JNE, calculemos que pasa 1 mes.
  • Se junta la AC, y comienza a trabajar desde cero una Nueva Constitución. Tienen 12 meses para redactarla. Vamos 3 años y 120 días.
  • Una vez que terminen la Constitución, ésta se debe “socializar” para ser sometida a referéndum. Es decir, la gente debe tener un tiempo para leerla, debatirla, para saber si la aprueba o no. Normalmente son 90 días. Vamos 3 años y 210 días.
  • Si la gente la aprueba en Elecciones, recién entraría en vigencia la nueva Constitución. ¡Casi 4 años después de iniciado el proceso! En ese momento, el Gobierno de Castillo (si durara 5 años) estaría terminando, y seguramente Cerrón estaría postulando a la Presidencia.
¿Lo que ha propuesto Pedro Castillo sigue los pasos antes explicados?

No. Ha creado un artículo 207 inexistente, ha hecho un menjunje jurídico, se ha comido pasos, y ni siquiera ha intentado reformar el 206. Con ese artículo hace que se tengan que violar sí o sí los artículos 35 y 206 de la Constitución. Un desastre.

Para colmo, su propuesta plagiada habla de que los partidos políticos solo pueden tener el 40% de representación, y el resto lo tendrían diferentes poblaciones que él ha decidido sean representadas. Una de ellas, por ejemplo, son los afroperuanos. En la mente de Pedro Castillo, los afroperuanos así quisieran no podrían votar por un partido político y solo podrían votar por candidatos afroperuanos. Dicho sea de paso, ¿quién define quién es afroperuano o no? Un mamarracho típico de este Gobierno.

¿Qué quiere cambiar de la Constitución este régimen?

No nos dicen, mienten y no tienen explicaciones concretas. Hablan de los monopolios y mienten porque la Constitución dice explícitamente que los combaten. Hablan de «200 años de abusos», y esta es nuestra doceava Constitución. Gritan sobre los derechos al agua y la salud, y éstos ya son reconocidos por ésta.

La propuesta es ilógica, una cortina de humo para distraer la atención de un Gobierno desastroso. El temor que existe es que, muchas veces, lo ilógico gana en el Perú porque lo que se le opone es absolutamente torpe y detestado. Así ganó la presidencia Pedro Castillo, y si la oposición sigue sin entender cómo poner en jaque a un Gobierno desastroso y sigue mostrando su peor cara estará ayudando a que el mamarracho del Ejecutivo logre mayor popularidad que la que se merece.

 

Foto de Jon Tyson en Unsplash

Autor

  • Es Administrador de la Universidad de Lima y Magíster en Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la PUCP. Ha trabajado en empresas del Sector Financiero, Seguros y Venta Directa en las áreas de Marketing, Planeamiento Comercial y Compras. Realizó su Tesis de Maestría investigando el comportamiento de los parlamentarios ante las reformas de financiamiento político. “Punto Medio” es el espacio donde vierte sus opiniones, comparte su análisis político y nos da a conocer sus puntos de vista y conocimientos sobre esta pasión que siempre lo acompañó desde joven.

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