Mientras la crisis política no cesa ni en el Ejecutivo ni en el Legislativo, la COVID-19 aún sigue presente en el país. En medio de las marchas y contramarchas del presidente Castillo, la lucha de Mirtha Vásquez por erradicar los escándalos en su gabinete, la renuncia irrevocable de Walter Ayala a Defensa, el terremoto en el transporte “cortesía” del ministro Juan Silva, la contrarreforma educativa en el Congreso y su lentitud para ejercer un control político acorde a la situación actual, tenemos un nuevo decreto supremo que el gobierno ha promulgado en relación con el manejo de la pandemia. (ver: Decreto Supremo Nº 168-2021-PCM).
Se exigió por meses que el gobierno debía aclarar cómo sería el devenir del mes de diciembre en cuanto a las medidas de bioseguridad a fin de evitar el conato de la 3º ola de la COVID-19. No olvidemos que fue justamente por las compras de fin de año que en el 2020 se marcó el inicio de la nefasta y trágica 2º ola pandémica, misma que se llevó a más de 90 mil vidas. Ayer domingo, finalmente, la norma ha delimitado que las personas mayores de 45 años que deseen viajar en transportes interprovinciales deberán mostrar su carné de vacunación, sea físico o virtual, donde quede constatada la vacunación completa a fin de poder abordar la unidad. Asimismo, igual procedimiento tendrán que seguir las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados desde el 15 de diciembre del presente. Por otro lado, empresas con más de 10 trabajadores únicamente podrán operar de manera presencial si todos sus trabajadores acreditan las dosis completas de vacunación contra la COVID-19 también desde el 15 de diciembre. Finalmente, desde la misma fecha citada se controlará que choferes y cobradores de transporte público y delivery podrán ofrecer sus servicios si acreditan la vacunación completa.
Ahora bien, en un país en el que la vacunación avanza lento, pero a paso firme, y donde más del 75% de la población objetivo cuenta con al menos 1 dosis y el 59% con ambas dosis acreditadas, estas medidas son positivas en aras de generar control de riesgos potenciales en fechas de excesiva movilización de personas por ciudades de todo el país. Sin embargo, ¿son realistas y efectivas?
La medida sobre el transporte interprovincial considero que no genera conflicto alguno dado que quién no preferiría compartir un mismo ambiente por varias horas con personas que se encuentran inmunizadas…
El detalle interesante viene en el hecho de saber diferenciar a qué define el gobierno como “espacio cerrado” y “espacio abierto”. En el primer grupo se encuentran:
- Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados.
- Tiendas de abastecimiento: mercados, supermercados, bodegas y farmacias.
- Restaurantes y afines cuya área de atención al público (salón, bar y sala de espera) sumen menos/más de 200m2 en zonas internas.
- Casinos y tragamonedas.
- Cines y artes escénicas.
- Bancos y entidades afines.
- Templos y lugares de culto.
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas.
- Eventos empresariales y profesionales.
- Peluquerías y barberías.
- Spa, baños turcos, sauna y baños termales.
- Coliseos y gimnasios.
Mientras que en el segundo grupo encontramos a los siguientes espacios de establecimientos, siempre y cuando se respeten aforos y protocolos, en coordinación con los gobiernos locales:
- Artes escénicas.
- Enseñanza cultural.
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos.
- Baños termales al aire libre.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre.
- Mercados itinerantes.
- Estadios deportivos.
Entonces, se sobreentiende que, si un local de comida o bebida tiene una terraza, patio o zona estilo rooftop, ¿una persona que no se ha vacunado podría ingresar y colocarse en este ambiente? Tácitamente se asume que sí, pero valdría la pena que pueda aclararse con el pasar de los días, por la seguridad del resto de comensales que sí se encuentran protegidos. ¿Se dividirán áreas para ‘vacunados’ y ‘no vacunados’? Hay preguntas válidas…
Pasando a la exigencia de la constancia de vacunación completa para trabajadores de empresas formales con 10 o más empleados a fin de que puedan volver a la presencialidad, ¿cómo las autoridades fiscalizarán este cumplimiento? ¿qué hacer con trabajadores quienes por razones religiosas y/o ideológicas no desean vacunarse? Sabemos que no son obligatorias y que hay un marco constitucional que garantiza ciertas libertades individuales relacionadas al libre albedrío, pero también existen derechos constitucionales sobre garantizar el bien común y la salud pública. En consecuencia, considero que urgiría una aclaración legal del MINJUS o MINTRA al respecto. Si la salida no ha de ser la obligación directa para vacunarse, pueden darse figuras indirectas para poder continuar manteniendo un vínculo laboral con el empleador, por ejemplo: llevar el resultado de una prueba antigénica o molecular cada X días para obtener la autorización a ingresar. Obviamente, el costo sería asumido por cada trabajador. ¿Cuánto tiempo una persona antivacunas podría mantener la inversión? Asimismo, ¿sería legal una medida de esta naturaleza?
Cuanto más se demore el gobierno en aclarar estos puntos, más incertidumbre se generará en la sociedad. Es lamentable que existan personas que por creer que la vacuna es simplemente agua, que te insertan un chip o que te alterarán el ADN, el Perú esté impedido de alcanzar la inmunidad de rebaño que se necesita para poder volver a una realidad lo más cercana posible a los tiempos pre-pandemia y poder zafarnos de las molestas mascarillas.
Esperemos que el asunto sanitario se mantenga como uno de los temas más eficientes que el gobierno actual ha sabido defender y avalar. Felicidades desde ya al ministro Cevallos y a los viceministros que se han mantenido desde los tiempos del expresidente Francisco Sagasti.
Por lo pronto, ¡VACÚNATE! Salva tu vida y la de los que más amas.
Foto tomada de https://www.minsa.gob.pe/newsletter/2021/edicion-51/nota4/index.html