TC de luto

Sep 21, 2021 | ◉ Puntos de Vista

Ante el sensible fallecimiento del magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Carlos Ramos, extendemos nuestras condolencias a sus familiares y seres queridos. Su repentina partida ha generado un profundo duelo en el mundo jurídico, en las aulas universitarias, pero también dejará un vacío importante en el organismo que funge de máximo intérprete de la Constitución dentro de nuestro ordenamiento jurídico.

Lograr nombrar magistrados casi siempre ha representado un dolor de cabeza para las fuerzas políticas representadas en los diferentes Parlamentos que han pretendido ejercer dicha función. Ejemplos de estos eventos frustrados tenemos muchos. Entre ellos están el de la repartija en el período de Humala, la disolución del Congreso a raíz de la presentación de un proyecto de ley sobre el procedimiento de elección de magistrados durante la presidencia de Vizcarra, el nombramiento (sin lograr la votación requerida) de Ortiz de Zevallos, y el del Congreso anterior que sometió a votación candidaturas sin hacer matemáticas previas.

 

¿Qué es el Tribunal Constitucional?

 

El TC es el máximo intérprete de nuestra Constitución, y sus resoluciones son inapelables en nuestro sistema jurídico. Se encarga de garantizar nuestros derechos constitucionales y el respeto a la Constitución mediante la emisión de resoluciones sobre procesos de hábeas corpus, habeas data, acciones de amparo, acciones de inconstitucionalidad y de cumplimiento, y delimitación en conflictos competenciales entre entidades del Estado.

Está conformado por 7 magistrados elegidos por el Congreso con los votos de 87 parlamentarios (dos tercios) por un mandato de 5 años sin la posibilidad de reelección.  Hasta el día de ayer, 6 de los magistrados tenían el mandato vencido (incluido el magistrado Ramos) y debían ser reemplazados por el Congreso.

 

¿Por qué es tan importante?

 

Porque el TC es última y definitiva instancia nacional en nuestro marco Constitucional. Las resoluciones que emite son inapelables y protegen derechos constitucionales. Entre los principales están los siguientes:

  • Protección ante detenciones arbitrarias (a través hábeas corpus).
  • Protege el derecho a la información (a través del hábeas data).
  • Acciones de amparo que protegen el resto de derechos constitucionales que no están resguardados por el hábeas data y hábeas corpus.
  • Señalar y delimitar las competencias de las entidades del Estado cuando existe un conflicto entre ellas.
  • Declarar la inconstitucionalidad de un reglamento, ley o reforma constitucional si es que resultara contraria a lo que indica la Constitución, dejándola sin vigencia.

 

¿Necesitamos un Tribunal Constitucional?

 

Sí. Más aún en un país con instituciones débiles y democracia precaria.

Lamentablemente, el TC ha tenido que adoptar el papel de ser casi un Senado frente a nuestro congreso unicameral. ¿Por qué? Porque el Congreso ha tenido la mala práctica de promulgar leyes rápidamente y sin mayor debate, y éstas han tenido que ser revisadas por el Tribunal que terminó derogándolas al ser declaradas inconstitucionales.

Las últimas leyes que el TC ha tenido que revisar, corregir y derogar han sido las leyes de medios, la de transfuguismo parlamentario, la suspensión de cobro de peajes, la pretensión de regular la Cuestión de Confianza mediante una modificación del reglamento parlamentario, la ley que pretendía destruir la ONP generando un forado en el Presupuesto Público, entre otras. Es decir, el TC se ha encargado de enmendarle la plana al Congreso cuando éste se ha equivocado y nos ha salvado de varias medidas contraproducentes.

Además, ha tenido que emitir resoluciones de importante trascendencia en nuestra vida política, como aquella que reafirmó la constitucionalidad de la disolución del Congreso acontecida el 30 de setiembre del 2019. Lamentablemente, este TC decidió no pronunciarse sobre la destitución de Vizcarra, dejando sin regular la causal de vacancia por incapacidad moral contemplada en nuestra Constitución.

 

¿Por qué tenemos problemas para elegir a nuevos magistrados? ¿Qué pasa si no se eligen reemplazos para los que tienen mandato vencido?

 

El órgano que elige a los nuevos magistrados es el Congreso. La intención de que la elección de candidatos necesariamente cuente con 87 votos era que se lograra consenso entre las bancadas, y así primen los perfiles idóneos antes que la politización del TC. Sin embargo, muchas bancadas han buscado ver cómo disponen de asientos en el Tribunal colocando candidaturas afines a sus agendas partidarias. Es así como se han ido acumulando magistrados con períodos vencidos, y esto es aprovechado por los partidos que ven que pueden realizar un cuoteo de magistrados. Es decir, en vez de que el Congreso haga un esfuerzo y genere consensos para lograr la elección de un candidato al TC, se acumulan 6 vacantes para empezar el “Tú vota por el mío, y yo voto por el tuyo”. A este fenómeno se le ha llamado “la repartija”.

Tras escándalos mediáticos, y a pesar de que se ha podido llegar a consensos por repartijas, muchas votaciones han terminado frustradas. Es así que con el fallecimiento del magistrado Ramos, hoy tenemos un quórum de 6 tribunos de los cuales 5 tienen mandato vencidos. En un Congreso como el actual, para lograr 87 votos, la oposición debería presentar candidatos que puedan lograr consenso tanto entre bancadas como Renovación Popular y el fujimorismo, como entre parlamentarios de centro como los del Partido Morado. Ese consenso, dada la polarización existente, puede ser muy difícil de lograr. Para que el oficialismo logre colocar a un candidato de su preferencia, las matemáticas de los votos hacen de esto una tarea más improbable.

 

¿Y ahora? ¿En qué afecta que nos quedemos con solo 6 magistrados?

 

En la mayoría de causas que ve el TC, solo es necesario que se cumpla el quórum (5 miembros) y que una posición tenga mayoría. Sin embargo, hay una función que se podría ver afectada con la ausencia de un miembro: la acción de inconstitucionalidad. Si no se tienen 5 votos que declaren inconstitucional una norma, las demandas se caen y terminan infundadas.

Esto es importante porque lamentablemente, como detallamos anteriormente, sufrimos de promulgaciones de leyes inconstitucionales y el organismo que nos defiende de éstas es el TC. Con el actual quórum, bastaría con que 2 de los magistrados voten en contra de una declaración de inconstitucionalidad y el proceso se cae.

En este clima de polarización política, es muy probable que sigan surgiendo demandas de inconstitucionalidad que tengan que resolverse en el TC (Cuestión de Confianza, modificaciones de la Constitución a través de mecanismos inconstitucionales), y necesitamos contar con todos los magistrados con mandato vigente. Este triste y lamentable fallecimiento podría agravar mucho más la crisis política que vivimos en el país si es que el Congreso no está a la altura y nombra los reemplazos idóneos en un proceso transparente, de acuerdo a sus funciones.

Los intereses son muchos, y pasado el duelo se puede venir una batalla intensa para copar el TC. Estaremos atentos.

 

 

 

Foto tomada de la página institucional del TC https://www.tc.gob.pe/

Autor

  • Es Administrador de la Universidad de Lima y Magíster en Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la PUCP. Ha trabajado en empresas del Sector Financiero, Seguros y Venta Directa en las áreas de Marketing, Planeamiento Comercial y Compras. Realizó su Tesis de Maestría investigando el comportamiento de los parlamentarios ante las reformas de financiamiento político. “Punto Medio” es el espacio donde vierte sus opiniones, comparte su análisis político y nos da a conocer sus puntos de vista y conocimientos sobre esta pasión que siempre lo acompañó desde joven.

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